“Actividad Práctica del Curso de Aportes para el diseño de Proyectos Educativos Institucionales con TIC, Módulos II y III, del portal educ.ar – Grupo 11”.
lunes, 27 de septiembre de 2010
NORMATIVA INSTITUCIONAL
Normativa Institucional:
Para definir este concepto debemos decir que es el Reglamento Interno y el Régimen de Convivencia que forman parte del PEI
Reglamento de Régimen Interno
El Reglamento de Régimen Interno (RRI) recoge lo podemos definir como el conjunto de reglas, preceptos e instrucciones que regulan el régimen de una institución. El calificativo de interno que añadimos nos matiza el que este documento es propio y tiene validez en una determinada institución.
El RRI puede considerarse como un recurso que facilita la organización operativa de las instituciones educativas al ordenar tanto su estructura como los procedimientos de acción. En este sentido resulta un complemento necesario para el PEI.
El RRI delimita con una mayor formalización aspectos de la estructura como son las funciones específicas (tareas y subtareas) asumidas por los diferentes órganos y la operativa de su funcionamiento (composición, constitución, convocatoria). Ordena asimismo recursos (uso de espacios, salidas y excursiones, acceso al material etc.) con tal de facilitar el cumplimiento del PEI y del PCI. Resulta, por tanto, algo más que un puro documento normativo, siendo la expresión práctica y aplicativa de los principio y valores que presiden la vida de la institución educativa y de su carácter y estilo propios.
El RRI, como documento normativo habrá de ser claro en su redacción. Por otra parte, si deseamos que sea válido tendrá dosis de realismo, será participativo y habrá de permitir la flexibilidad, que no la arbitrariedad, en su aplicación.
De esta manera a través del Reglamento podremos.
• Proporcionar un marco de referencia para el funcionamiento de la institución escolar y para cada uno de los sectores que la componen.
• Agilizar el funcionamiento y facilitar la toma de decisiones.
• Depositar responsabilidades en quien corresponda.
• Unificar la información y hacerla más asequible.
• Facilitar los procesos de evaluación institucional.
• Contribuir a delimitar y posibilitar los planteamientos institucionales.
(Fuente: Grau Company, Salvador. La organización de la Institución Escolar)
Algunos ejemplos
Consejos de Convivencia
REGLAMENTO
1. Objeto. Es objeto de los Consejos de Convivencia constituir espacios adecuados para el diálogo entre los diversos sectores de la comunidad educativa del Colegio, con el fin de prevenir situaciones conflictivas, contribuir a dirimir controversias como primera instancia, acercar a las partes interesadas, sugerir reglamentaciones específicas al Consejo Asesor (formado por docentes y alumnos) y acordar métodos y determinar actitudes a fin de mantener las mejores relaciones posibles entre sectores y de sus integrantes entre sí.
2. Integración. Habrá un Consejo por cada turno, presidido por el respectivo Docente encargado de la escuela, integrado de la siguiente manera: tres representantes de los profesores, tres de los estudiantes que registren conducta razonable durante el año anterior, uno del Departamento de Orientación y el encargado de turno. Lo referente a la elección y duración en el cargo de los representantes de los profesores y de los estudiantes se regirá por las mismas normas del Consejo Asesor.
3. Reuniones. Los Consejos de Convivencia se reunirán en sesiones ordinarias durante el período anual de clases, siempre y cuando haya asuntos entrados por escrito por alguno de los Consejeros, y por convocatoria del encargado del Turno. En la primera reunión del año se acordará el mecanismo de fijación de las futuras. Las sesiones podrán desdoblarse en varias reuniones, hasta agotar el tratamiento de los temas que se le hayan presentado. Las actividades de los Consejos se desarrollarán de modo que sus integrantes no se vean afectados en el pleno desarrollo de sus demás actividades en la Escuela.
4. Competencia. Los Consejos tendrán competencia respecto de las cuestiones que hagan a la convivencia en el establecimiento. Tratarán los asuntos que sean presentados por cualquiera de sus integrantes, de conformidad con el procedimiento establecido en el presente reglamento o cualquier otro asunto que surja de la reunión y obtenga la mayoría para tratarlo. Serán los mismos Consejos quienes resuelvan el conflicto planteado o quienes decidan delegarlo a alguna autoridad.
5. Reglas de procedimiento.
5.1. INGRESO DE TEMAS A TRATAR. Los Consejos de Convivencia solamente considerarán los temas sometidos a su consideración por alguno de sus integrantes y también deberán considerar cualquier asunto que algún miembro de la comunidad educativa de la Escuela le haya manifestado a cualquier integrante del Consejo. Los consejeros que deseen proponer un asunto al Consejo deberán hacerlo por escrito en al cuerpo directivo correspondiente. Los asuntos que se presenten podrán ser tratados en la misma reunión siempre y cuando exista conformidad de los miembros; en caso de que no la hubiere serán ingresados en la próxima reunión y tratados en el orden cronológico de su presentación, salvo que el Consejo decidiese cambiar el orden por el voto de por lo menos cinco de sus miembros.
5.2. REGLAS DE DEBATE. Los Consejos deliberarán presididos por el Director y con una presencia mínima de cinco miembros, entre los cuales debe haber por lo menos un representante de los estudiantes y uno de los profesores. Las deliberaciones se efectuarán sobre la base del más amplio cambio de ideas. Las sesiones serán actuadas en minutas por un Secretario u otra persona designada por el Consejo y serán archivadas en la Dirección.
5.3. ATRIBUCIONES ESPECIALES. Los consejos podrán, con relación a temas concretos y determinados, pedir informes, invitar a miembros de la comunidad educativa con su consentimiento, efectuar relevamientos estadísticos, estudios de antecedentes disciplinarios de los alumnos, etc. Para llevar a cabo lo mencionado deberán notificar al Director, quien facilitará las tareas. A su vez, cualquier miembro de la comunidad educativa de la Escuela interesado en presenciar -sin voz ni voto-, una reunión de la Consejo, tendrá la posibilidad de hacerlo siempre y cuando no afecte sus obligaciones colegiales ni dificulte el desarrollo normal de las sesiones. En este caso, serán los integrantes del Consejo los que decidirán si es así.
5.4 Los consejos no podrán decidir en contrario a disposiciones legales, resoluciones del Ministerio de Educación o sus consecuencias, ni afectar el ejercicio de las responsabilidades directivas y docentes, sus atribuciones específicas ni la libertad de cátedra. Entenderán con carácter resolutivo por vía de apelación, en las sanciones superiores a cinco amonestaciones o cuando ellas, no siendo de aplicación automática, comprometan la regularidad de los alumnos.
5.5. Ningún miembro de los Consejos podrá actuar como tal en causa propia, en cuyo caso lo reemplazará su suplente.
5.6. Las comunicaciones de cualquier clase que despachen los Consejos serán suscriptas y remitidas por el Director.
6. Resoluciones. Los resultados de las deliberaciones constituirán decisiones o resoluciones, las cuales deberán ser aprobadas por la mitad más uno de los miembros. Las decisiones o resoluciones de los Consejos de Convivencia serán comunicadas a los interesados, expuestos en carteleras o difundidos conforme corresponda según su naturaleza, tarea que quedará a cargo del Director correspondiente.
Para definir este concepto debemos decir que es el Reglamento Interno y el Régimen de Convivencia que forman parte del PEI
Reglamento de Régimen Interno
El Reglamento de Régimen Interno (RRI) recoge lo podemos definir como el conjunto de reglas, preceptos e instrucciones que regulan el régimen de una institución. El calificativo de interno que añadimos nos matiza el que este documento es propio y tiene validez en una determinada institución.
El RRI puede considerarse como un recurso que facilita la organización operativa de las instituciones educativas al ordenar tanto su estructura como los procedimientos de acción. En este sentido resulta un complemento necesario para el PEI.
El RRI delimita con una mayor formalización aspectos de la estructura como son las funciones específicas (tareas y subtareas) asumidas por los diferentes órganos y la operativa de su funcionamiento (composición, constitución, convocatoria). Ordena asimismo recursos (uso de espacios, salidas y excursiones, acceso al material etc.) con tal de facilitar el cumplimiento del PEI y del PCI. Resulta, por tanto, algo más que un puro documento normativo, siendo la expresión práctica y aplicativa de los principio y valores que presiden la vida de la institución educativa y de su carácter y estilo propios.
El RRI, como documento normativo habrá de ser claro en su redacción. Por otra parte, si deseamos que sea válido tendrá dosis de realismo, será participativo y habrá de permitir la flexibilidad, que no la arbitrariedad, en su aplicación.
De esta manera a través del Reglamento podremos.
• Proporcionar un marco de referencia para el funcionamiento de la institución escolar y para cada uno de los sectores que la componen.
• Agilizar el funcionamiento y facilitar la toma de decisiones.
• Depositar responsabilidades en quien corresponda.
• Unificar la información y hacerla más asequible.
• Facilitar los procesos de evaluación institucional.
• Contribuir a delimitar y posibilitar los planteamientos institucionales.
(Fuente: Grau Company, Salvador. La organización de la Institución Escolar)
Algunos ejemplos
Consejos de Convivencia
REGLAMENTO
1. Objeto. Es objeto de los Consejos de Convivencia constituir espacios adecuados para el diálogo entre los diversos sectores de la comunidad educativa del Colegio, con el fin de prevenir situaciones conflictivas, contribuir a dirimir controversias como primera instancia, acercar a las partes interesadas, sugerir reglamentaciones específicas al Consejo Asesor (formado por docentes y alumnos) y acordar métodos y determinar actitudes a fin de mantener las mejores relaciones posibles entre sectores y de sus integrantes entre sí.
2. Integración. Habrá un Consejo por cada turno, presidido por el respectivo Docente encargado de la escuela, integrado de la siguiente manera: tres representantes de los profesores, tres de los estudiantes que registren conducta razonable durante el año anterior, uno del Departamento de Orientación y el encargado de turno. Lo referente a la elección y duración en el cargo de los representantes de los profesores y de los estudiantes se regirá por las mismas normas del Consejo Asesor.
3. Reuniones. Los Consejos de Convivencia se reunirán en sesiones ordinarias durante el período anual de clases, siempre y cuando haya asuntos entrados por escrito por alguno de los Consejeros, y por convocatoria del encargado del Turno. En la primera reunión del año se acordará el mecanismo de fijación de las futuras. Las sesiones podrán desdoblarse en varias reuniones, hasta agotar el tratamiento de los temas que se le hayan presentado. Las actividades de los Consejos se desarrollarán de modo que sus integrantes no se vean afectados en el pleno desarrollo de sus demás actividades en la Escuela.
4. Competencia. Los Consejos tendrán competencia respecto de las cuestiones que hagan a la convivencia en el establecimiento. Tratarán los asuntos que sean presentados por cualquiera de sus integrantes, de conformidad con el procedimiento establecido en el presente reglamento o cualquier otro asunto que surja de la reunión y obtenga la mayoría para tratarlo. Serán los mismos Consejos quienes resuelvan el conflicto planteado o quienes decidan delegarlo a alguna autoridad.
5. Reglas de procedimiento.
5.1. INGRESO DE TEMAS A TRATAR. Los Consejos de Convivencia solamente considerarán los temas sometidos a su consideración por alguno de sus integrantes y también deberán considerar cualquier asunto que algún miembro de la comunidad educativa de la Escuela le haya manifestado a cualquier integrante del Consejo. Los consejeros que deseen proponer un asunto al Consejo deberán hacerlo por escrito en al cuerpo directivo correspondiente. Los asuntos que se presenten podrán ser tratados en la misma reunión siempre y cuando exista conformidad de los miembros; en caso de que no la hubiere serán ingresados en la próxima reunión y tratados en el orden cronológico de su presentación, salvo que el Consejo decidiese cambiar el orden por el voto de por lo menos cinco de sus miembros.
5.2. REGLAS DE DEBATE. Los Consejos deliberarán presididos por el Director y con una presencia mínima de cinco miembros, entre los cuales debe haber por lo menos un representante de los estudiantes y uno de los profesores. Las deliberaciones se efectuarán sobre la base del más amplio cambio de ideas. Las sesiones serán actuadas en minutas por un Secretario u otra persona designada por el Consejo y serán archivadas en la Dirección.
5.3. ATRIBUCIONES ESPECIALES. Los consejos podrán, con relación a temas concretos y determinados, pedir informes, invitar a miembros de la comunidad educativa con su consentimiento, efectuar relevamientos estadísticos, estudios de antecedentes disciplinarios de los alumnos, etc. Para llevar a cabo lo mencionado deberán notificar al Director, quien facilitará las tareas. A su vez, cualquier miembro de la comunidad educativa de la Escuela interesado en presenciar -sin voz ni voto-, una reunión de la Consejo, tendrá la posibilidad de hacerlo siempre y cuando no afecte sus obligaciones colegiales ni dificulte el desarrollo normal de las sesiones. En este caso, serán los integrantes del Consejo los que decidirán si es así.
5.4 Los consejos no podrán decidir en contrario a disposiciones legales, resoluciones del Ministerio de Educación o sus consecuencias, ni afectar el ejercicio de las responsabilidades directivas y docentes, sus atribuciones específicas ni la libertad de cátedra. Entenderán con carácter resolutivo por vía de apelación, en las sanciones superiores a cinco amonestaciones o cuando ellas, no siendo de aplicación automática, comprometan la regularidad de los alumnos.
5.5. Ningún miembro de los Consejos podrá actuar como tal en causa propia, en cuyo caso lo reemplazará su suplente.
5.6. Las comunicaciones de cualquier clase que despachen los Consejos serán suscriptas y remitidas por el Director.
6. Resoluciones. Los resultados de las deliberaciones constituirán decisiones o resoluciones, las cuales deberán ser aprobadas por la mitad más uno de los miembros. Las decisiones o resoluciones de los Consejos de Convivencia serán comunicadas a los interesados, expuestos en carteleras o difundidos conforme corresponda según su naturaleza, tarea que quedará a cargo del Director correspondiente.
domingo, 26 de septiembre de 2010
PCI y la Intencionalidad Pedagógica
La intencionalidad pedagógica
La intencionalidad pedagógica, es una “carta de presentación” de la institución hacia lo externo y una explicitación de principios, definiciones y orientaciones sobre la educación en general, y propuestas para la escuela en particular, abarcando cuestiones ideológicas, estructurales y de organización.
Las “notas de identidad” se refieren a la expresión de principios pedagógicos y rasgos característicos de la institución. Responde a la pregunta de ¿Quiénes somos? y su elaboración puede definirse como un verdadero “análisis situacional”, que explicite los principios y valores de la organización, las formas de comprender los procesos de enseñanza y aprendizaje y principios metodológicos comunes a todo el equipo docente. También es parte de la identidad la historia de la institución, su devenir histórico y sus logros y los aspectos que caracterizan a la escuela actual, con los procesos y prácticas que se desarrollan.
Para definir y elaborar las notas de identidad será necesario contar con una gran cantidad de datos e información. Una vez reunida la información, el equipo directivo deberá previamente juzgar su relevancia, ya que esta tendrá relación con los demás componentes del PEI. La escasez de datos puede perjudicar la obtención de un buen análisis, pero una sobreabundancia también puede opacarlo. Se debe tener presente que en cualquier proceso que implique el tratamiento de grandes cantidades de información es importante mantener un equilibrio entre la recolección de datos y su posterior análisis, porque este permitirá tomar decisiones más ajustadas y acertadas.
Una buena herramienta para el registro de datos y para comenzar este análisis, para su posterior plasmado en el documento PEI, es la elaboración de una Ficha Institucional. En ella se definen desde datos de tipo estadístico hasta la modalidad de enseñanza y características del contexto social en el que está inserta la escuela.
FICHA DE LA INSTITUCION
NOMBRE DE LA ES CUELA: Madre Teresa de Calcuta
AÑO DE CREACION: 1989
DIRECCION: Rodeo de la Cruz - Argentina
CANTIDAD DE ALUMNOS: 450 Alumnos
CANTIDAD DE DOCENTES: 40 profesores
CICLOS QUE SE IMPARTEN: EGB III y Polimodal
MODALIDAD DE GESTION (PUBLICA/PRIVADA): Gestión Pública
CARÁCTER (URBANA/RURAL/SEMI-URBANA): Semi-Urbana
RASGOS HISTORICOS CENTRALES: La Escuela Nº 4-066 surgió a la vida en el año 1.989 como un deseo muy grande y como una necesidad imperiosa de los padres y alumnos de las escuelas primarias, en especial de la Escuela Granaderos de San Martín, de Rodeo de la Cruz, quienes veían que sus hijos no podían seguir estudios secundarios por la lejanía de la ciudad y por razones económicas. Después de numerosas reuniones, padres y maestros pidieron audiencia y fueron escuchados por las autoridades del ministerio de Educación. Fueron recibidos por la Directora de Enseñanza Medio, la prof. Vélia Fontán y por otra autoridades. Después de realizado un trabajo de campo se llegó a las siguientes razones por las que era imprescindible crear la escuela:
1- El número de alumnos egresados de las escuelas primarias de la zona era una cifra muy alta y la mayoría no podían seguir estudios secundarios.
2- La zona estaba poblada por barrios tradicionales, espacios verdes dedicados a la agricultura y por la creación de barrios nuevos. Esta población en general era carenciada y de bajos recursos con un crecimiento vegetativo muy alto.
3- El departamento de Guaymallén según censo, es el más poblado de la Provincia de Mendoza: Total de población 1.413.762 de los cuales corresponden a Guaymallén 222.130 habitantes, seguido de Godoy Cruz con 179.504 habitantes (datos de 1.991). Debido a este crecimiento continuo de población las necesidades de servicio educativo iban a ser cada vez mayores.
1- El número de alumnos egresados de las escuelas primarias de la zona era una cifra muy alta y la mayoría no podían seguir estudios secundarios.
2- La zona estaba poblada por barrios tradicionales, espacios verdes dedicados a la agricultura y por la creación de barrios nuevos. Esta población en general era carenciada y de bajos recursos con un crecimiento vegetativo muy alto.
3- El departamento de Guaymallén según censo, es el más poblado de la Provincia de Mendoza: Total de población 1.413.762 de los cuales corresponden a Guaymallén 222.130 habitantes, seguido de Godoy Cruz con 179.504 habitantes (datos de 1.991). Debido a este crecimiento continuo de población las necesidades de servicio educativo iban a ser cada vez mayores.
A partir de 1995 los profesores comienzan a concentrar y titularizar horas cátedras en la escuela. Esto permitió que en poco tiempo el personal formara una verdadera familia que iba creciendo y preocupándose por los alumnos en forma personal.
Se otorga a la escuela un gabinete psicopedagógico y se incorpora una Psicopedagoga Licenciada Norma Bustos y una Asistente Social Licenciada Flora de Volder. Por las características del entorno socio-cultural, la labor desarrollada por el gabinete ha sido intensa y muy positiva.
Se propone el nombre “Madre Teresa de Calcuta” para la escuela y este es aceptado por las autoridades de la Dirección General de Escuelas.
A partir de 1997 la escuela es incorporada al PRODYMES y en virtud de ello recibe un valioso equipamiento para el laboratorio de Informática, para el Centro de Recursos Multimediales y para el laboratorio de Ciencias Experiméntales.
También a través de PRODYMES se construye el edificio propio, que se recibe con el mobiliario correspondiente a doce aulas, oficinas, biblioteca, taller de Tecnología, Laboratorios de Ciencias y de Informática. En el año 2000 por fin tenemos nuestro propio edificio.
Se otorga a la escuela un gabinete psicopedagógico y se incorpora una Psicopedagoga Licenciada Norma Bustos y una Asistente Social Licenciada Flora de Volder. Por las características del entorno socio-cultural, la labor desarrollada por el gabinete ha sido intensa y muy positiva.
Se propone el nombre “Madre Teresa de Calcuta” para la escuela y este es aceptado por las autoridades de la Dirección General de Escuelas.
A partir de 1997 la escuela es incorporada al PRODYMES y en virtud de ello recibe un valioso equipamiento para el laboratorio de Informática, para el Centro de Recursos Multimediales y para el laboratorio de Ciencias Experiméntales.
También a través de PRODYMES se construye el edificio propio, que se recibe con el mobiliario correspondiente a doce aulas, oficinas, biblioteca, taller de Tecnología, Laboratorios de Ciencias y de Informática. En el año 2000 por fin tenemos nuestro propio edificio.
DATOS SOBRE EL DESARROLLO ACADEMICO/CURRICULAR:
-DE LOS ALUMNOS: REPITENCIA , DESERCION, EGRESOS, ETC. Bajo nivel de repitencia y deserción escolar. Bue nivel de promoción de los alumnos. Participan todos los años en actividades deportivas intercolegiales en los ciclos de Polimodal.
-DE LOS DOCENTES: SITUACION DE REVISTA, ANTIGÜEDAD, ETC. Hay docentes con una situación de revista en un gran porcentaje de titulares y los restantes de suplentes. Varios trabajan desde su creación y los demás desde el 2000 y 2005. Varios docentes se actualizan con cursos y en general es una población joven.
CARACTERISTICAS GENERALES DEL ENTORNO O ZONA: La escuela está inserta en una localidad que dista a 8 km de la ciudad, en una zona semi- urbana, donde existía plantaciones de vid, oliva, bodegas y fábricas que aún algunas se conservan. A unos tres km encontramos supermercados, shoping, cines, bancos, clubes, ciber, estación de servicio. A su alrededor hay varios barrios con una gran población, kioscos algunos almacenes, librería y regalería, no hay ciber, pero si hay conexión a internet en los barrios.
Algunos ejemplos:
“… en esta escuela entendemos a la educación como un proceso integral, continuo y permanente, que demanda un diálogo constante entre escuela y comunidad.
… en esta escuela entendemos que el aprendizaje supone un proceso activo de construcción de conocimiento (conceptuales, procedimentales, actitudinales).
… garantizar la igualdad de oportunidades y resultados educativos demanda atender y trabajar con y a partir de la diferencia.
… si bien asumimos la importancia de promover la participación de los alumnos en la vida escolar, existen diferentes propuestas a la hora de organizarla y promoverla.
… en la implementación del tercer ciclo identificamos puntos críticos en la integración de los espacios curriculares. Si bien asumimos la necesidad de trabajar en equipo, las formas que asumió la enseñanza no responden a este principio”. (Rossi, Grinberg, 1999)
La “imagen-objetivo” supone la definición de los fines que persigue la institución en todos sus ámbitos, y remite a cómo la escuela se imagina a sí misma hacia el mediano y el largo plazo. Es el horizonte del PEI y su motor de empuje que direcciona la vida institucional para darle sentido al proyecto, a la vez que justifica las decisiones y acciones que se desarrollan a diario. Responde a la pregunta de ¿Qué pretendemos?, y se construye partiendo de la identidad de la institución. Aquí se establecen los fines de la institución, que van a orientar la vida dentro de ella, fines que son consensuados entre todos los miembros de la institución.
Su definición debe asumir un carácter integral, pues de ella se derivan las líneas de acción para el mediano y largo plazo para llevar adelante el proyecto, y se expresan a la manera de objetivos. Por lo tanto, la formulación de los objetivos debe ser clara, concisa y precisa, y en su redacción deben figurar de modo explícito (o poder inferirse sin dudas) los pasos que se deben seguir para su consecución. No se trata de la expresión de buenas intenciones o de deseos samaritanos, sino que estos deben ser la manifestación de lo que se quiere construir. Y si lo que se desea construir es un algo concreto, los objetivos deben tender a esa concreción.
Algunos ejemplos:
“… construir una institución abierta a la comunidad que atienda a la diversidad de intereses y necesidades de los alumnos.
… determinar los espacios curriculares optativos y obligatorios integrando las áreas de conocimiento.
… promover el trabajo interciclo/internivel entre los alumnos.
… propiciar la participación de docentes, padres y alumnos en los órganos de gobierno institucional.
… fomentar las actividades que proyecten a la escuela hacia la comunidad y a la comunidad en la escuela”. (Rossi, Grinberg, 1999)
apartado responde a la pregunta ¿Cómo nos organizamos?. Se trata de aceptar que es posible organizarse de otras maneras distintas de aquellas a las que tradicionalmente la escuela estaba acostumbrada. Tanto en las escuelas como en cualquier tipo de organización, existe una división de cargos y funciones (equipos de docentes, cargos, servicios, órganos de gobierno, etc.). Todo ello conforma la estructura. “La existencia de cauces y órganos para posibilitar la participación en la gestión de la institución escolar y el trabajo participativo como criterio de calidad, solo es posible mediante estructuras adecuadas que requieren, sin lugar a dudas, la constitución de equipos de gestión o unidades de trabajo” (Antúnez, S. 1993).
En ocasiones, una estructura poco flexible (o “demasiado” flexible) podría colisionar con la definición de los objetivos que se propone asumir la escuela, y su posterior desarrollo a través del mismo proyecto. Esa estructura organizativa debe estar al servicio de su realización, aunque muchas veces los hábitos o la rutina diaria la conciben como algo a lo que sus miembros deben adaptarse, amoldarse o resignarse, y resulta bastante frecuente que los diseños PEI no lo tengan en cuenta. Para determinar la estructura más adecuada al proyecto, se deben tener en cuenta las líneas de acción que se desprenden de la imagen objetivo, de los objetivos propuestos en las notas de identidad y, muy especialmente, de la metodología que se adopte en cuanto al desarrollo del PCI (que se expondrá seguidamente). Las discusiones, pueden comenzar analizando y reflexionando sobre la actual estructura: si otorga flexibilidad y es funcional a los fines que se persiguen. A modo de ejemplo: si en la planificación del currículum se establece el trabajo por proyectos, se deberá tener presente que la estructura organizativa sea tolerante en cuanto al uso de los espacios y los tiempos.
Luego de redactar estos objetivos, su concreción formal quedará constituida en: Reglamento Interno, Régimen de Convivencia, y otros reglamentos o normativas que se hayan decidido, en su apartado correspondiente.
“… el gobierno institucional se realiza de modo participativo fomentando la distribución de tareas y responsabilidades.
… la distribución de los contenidos se realiza por ciclos y las áreas son las unidades.
… los equipos de docentes se constituirán a partir de los proyectos que se priorizan año a año”. (Rossi, Grinberg, 1999).
Con esta introducción ofrecida, se sugiere abrir a un debate de reflexiones por parte de toda la comunidad educativa a fin de rediseñar positivamente nuestro PCI y nuestro PEI, en el marco de las demandas del contexto en el que está inserta nuestra escuela secundaria.
Esperamos sus comentarios en este blog!!!!!
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